Tipos de contratos temporales: todo lo que debes saber

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Los contratos temporales o eventuales son aquellos que establecen una duración laboral determinada entre empleador y empleado. Es un tipo de contrato que ha recibido modificaciones tras la reforma laboral que entró en vigor el pasado mes de marzo.

Puntos clave

  • Los contratos temporales tienen una duración determinada.

  • Con la reforma laboral los contratos temporales por obra y servicio desaparecen.

  • Existen distintos tipos de contrato laborales: indefinido, fijo discontinuo, por sustitución, eventual por circunstancias de producción, por formación en alternancia y por prácticas.  

  • Los contratos temporales pueden pasar a ser indefinidos.

  • Hay colectivos que están amparados por cláusulas específicas en esta clase de contratos como las personas con discapacidad, los empleados domésticos o jóvenes que se encuentran en centros de menores.

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¿Qué es un contrato temporal?

Un contrato temporal es un acuerdo laboral entre empresario y trabajador que tiene una duración concreta. El tipo de jornada es indistinto, puede ser completa o parcial, pero lo que sí es imprescindible es que la causa de contratación sea explícita en el contrato. 

La formalización del contrato puede hacerse de forma verbal o escrita, dependiendo de la duración. Si se trata de un contrato inferior a cuatro semanas se considera suficiente una formalización verbal. En cambio, si supera el periodo de cuatro semanas es obligatorio hacerla por escrito.

Diferencias entre contrato temporal y contrato indefinido

La diferencia principal entre un contrato temporal y un contrato indefinido radica en el tiempo. En un contrato indefinido no existe fecha específica de finalización; en un contrato temporal, sí. 

Otra de las grandes diferencias entre los dos tipos de contrato es la indemnización. En un contrato temporal la indemnización que el empleado recibe al finalizar el contrato es de 12 días de salario por año trabajado. En cambio, si es indefinido, le corresponden 20 días por año.

Por otro lado y salvo alguna excepción, no existe obligación de avisar con 15 días de antelación la decisión de finalizar el contrato en el caso de los temporales, siempre y cuando el periodo haya sido inferior a un año y no esté especificado en el convenio.

Cambios en los contratos temporales con la ley de reforma laboral de 2022

La reforma laboral fue aprobada por decreto en diciembre de 2021 pero ha sido el 30 de marzo de 2022 cuando todas las medidas han entrado en vigor. Los principales cambios de la reforma han sido:

  • La eliminación del contrato temporal por obra y servicio. En estos casos, las empresas actualmente solo pueden contratar para cubrir circunstancias de la producción y para la sustitución de personas trabajadoras. 

  • La necesidad de que todo contrato temporal contenga de manera explícita la causa de temporalidad, incluyendo circunstancia y duración. 

  • La determinación del límite máximo de renovación de 18 meses siempre que esté justificado.

  • La previsión de una cotización adicional tanto en los contratos temporales cuya duración sea inferior a 30 días (26,60 euros), como en los contratos temporales de formación que superen la base mínima de cotización.

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¿Cuáles son los tipos de contratos laborales que hay en España?

En España existen diversos tipos de contratos laborales, en función de las causas que lo generan y su duración:

Indefinido

El contrato laboral indefinido tiene una duración indeterminada. Esto quiere decir que a la hora de formalizarlo se conoce la fecha de inicio pero no la de finalización. Puede ser un contrato a tiempo completo o parcial.

La eventual finalización de este tipo de contrato puede ser realizada por cualquiera de las partes, ateniéndose a ciertas prácticas. El empleado puede rescindir el contrato de forma voluntaria, en cuyo caso debe avisar a la empresa con 15 días de antelación. La empresa puede proceder al despido del empleado, para lo cual deberá contemplar una indemnización que variará de acuerdo con las causas que lo hayan generado.

Fijo-discontinuo

Esta modalidad contempla a empleados cuyo puesto de trabajo es intermitente pero estable. Se trata de empleos en los que la empresa no necesita la labor del empleado durante todo el año, pero sí en periodos concretos. Es un tipo de contrato indefinido en el que la empresa tiene la obligación de contar con el empleado cuando las circunstancias temporales lo requieran.

No tienen fecha de finalización, aunque haya periodos en los que el empleado no trabaja y, por tanto, no cobra un salario. También puede ser a jornada completa o parcial.

Sustitución

Es un tipo de contrato que se realiza con el objetivo de sustituir a un trabajador, por una reserva de puesto o mientras se selecciona al personal.

Requiere que se especifique la modalidad, la duración, el puesto y la persona que se sustituye y la duración. Se trata de un tipo de contrato de trabajo que por sus características no implica indemnización tras su finalización.

Eventual por circunstancias de la producción

Es la modalidad de contrato temporal que tiene lugar cuando las empresas necesitan apoyo extra como consecuencia de un aumento puntual e imprevisto de tareas. Puede ser tanto a jornada parcial como completa.

Normalmente es un tipo de contrato que no supera los seis meses, aunque dependiendo de las circunstancias y por convenio se puede ampliar hasta un año como máximo.

Formación en alternancia

Es un tipo de contrato temporal de trabajo que combina el trabajo con la formación, y que tiene el objetivo de cualificar al empleado.

Es un contrato que se dirige principalmente a aquellos jóvenes que quieren acceder a su primer empleo y no cuentan con mucha experiencia. La actividad a desempeñar debe estar vinculada a la formación profesional o universitaria del empleado.

El porcentaje de la jornada laboral destinado al trabajo y a la formación va variando con el tiempo. En un primer momento no se puede dedicar más del 65% de la jornada a la actividad laboral.

En el segundo año puede ampliarse hasta un máximo del 85%. El resto de la jornada está dirigida a la formación.

La duración mínima es de tres meses y se puede ampliar hasta un máximo de dos años.

Prácticas

El contrato temporal de prácticas tiene la finalidad de ofrecer práctica profesional en función de la formación que se posee. Se trata de un tipo de contrato al que se puede acceder si han transcurrido más de cinco años desde que el trabajador obtuvo la titulación.

En lo que respecta a la duración del contrato, no puede ser inferior a seis meses, pero tampoco puede superar los dos años. En cualquier caso, puede haber excepciones y modificación en función del convenio al que corresponda.

¿Cuándo debe un contrato temporal pasar a indefinido?

Existen diferentes motivos por los que un contrato temporal puede o debe pasar a ser indefinido. El primer motivo y más frecuente es por un acuerdo entre el empleado y la empresa. Este acuerdo puede producirse tras la finalización del contrato temporal o rescindiendo el contrato temporal antes de la fecha de vencimiento.

Entre otros motivos que pueden suponer un cambio de tipo de contrato, se destacan los siguientes, cuando:

  • La temporalidad no está justificada debidamente en el contrato.

  • La formalización del contrato no se ha realizado correctamente. Es decir, los contratos temporales siempre que superen las cuatro semanas  deben formalizarse por escrito, de no hacerlo, el contrato pasa inmediatamente a ser indefinido.

  • Se han formalizado dos o más contratos temporales temporales sucesivos en un periodo de 30 meses. 

  • Existe fraude de ley.

  • La empresa solicita una bonificación expresa para ello: convertir el contrato temporal en indefinido por causas de producción.

  • No se cumple con la ley: por ejemplo, en casos en los que se supera el tiempo establecido, no se da de alta al trabajador en la Seguridad Social, y demás. 

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Cláusulas y excepciones en colectivos determinados

Existen cláusulas específicas cuando la contratación temporal incorpora a determinados colectivos:

  • Los contratos temporales para personas con discapacidad tienen que cumplir una serie de requisitos extra. En primer lugar, tienen que certificar una discapacidad superior o igual al 33% y deben estar inscritos en la oficina de empleo. El contrato debe tener una duración de entre uno y tres años y formalizarse por escrito.

  • Con la nueva reforma laboral los contratos temporales para los trabajadores de servicio doméstico solo pueden formalizarse en caso de sustitución o por circunstancias de producción. Si no se produce por ninguno de esos motivos, debe ser indefinido. Además, la duración máxima es de seis meses con posibilidades de ampliación. En cuanto a las vacaciones, les corresponden 30 días naturales por año.

  • Los menores y jóvenes que se encuentren internos en centros de menores pueden acceder a un contrato de trabajo temporal, que debe tener las siguientes características cuando sean menores de 18 años:

  • Deben contar con un descanso semanal de dos días ininterrumpidos.

  • No pueden trabajar de noche ni realizar horas extraordinarias.

  • No pueden realizar más de ocho horas diarias incluyendo la comida.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto puede durar un contrato temporal?

Tras el decreto que aprueba la reforma laboral, un contrato temporal por circunstancia de producción o por sustitución puede durar 6 meses, ampliable según convenio hasta doce meses. 

¿Cuántas veces puede ser renovado un contrato de trabajo temporal?

Una empresa puede renovar un contrato de trabajo temporaldos o más veces por circunstancias de producción, con y sin solución de continuidad. Sin embargo, si dura más de 18 meses en un periodo de 24 pasa a ser contrato indefinido.

También puede ser renovado cuando se ocupe un puesto que haya estado ocupado durante 18 meses en un plazo de 24 meses con un contrato temporal por circunstancias de producción.

¿Cuánto tiempo se puede trabajar bajo un contrato temporal en una empresa?

La duración máxima que se puede estar contratado bajo esta modalidad, salvo que por convenio se haya establecido otro plazo, es de 6 meses.

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